En España, el ejercicio de la profesión de Ingeniero de Caminos, Canales y Puertos exige estar colegiado en el Colegio de Ingenieros de Caminos, Canales y Puertos. La profesión de Ingeniero de Caminos, Canales y Puertos es la única profesión en la que todos sus profesionales tienen una competencia extensa y global en el ámbito de la ingeniería civil y de las obras públicas. Otras profesiones tienen competencias restringidas a su especialidad o a trabajos de menor envergadura o complejidad.

La colegiación otorga unos derechos y el acceso a los servicios que presta el colegio

La colegiación universal para el ejercicio de la profesión es una garantía de los derechos de los ciudadanos, en cuanto asegura el sometimiento de los profesionales al Código Deontológico de los Ingenieros de Caminos Canales y Puertos, a la ordenación de la profesión por el Colegio y a su potestad disciplinaria en aplicación del Código Deontológico.